Darte de alta en el RETA es uno de los primeros trámites que debes afrontar si vas a empezar a trabajar como autónomo en España.
Pero antes de hacerlo, conviene entender bien qué es, cómo funciona el sistema de cotización y qué pasos tienes que seguir para no cometer errores que luego acaben en sanciones.
En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el RETA en 2026: qué es y para qué sirve, quién está obligado a darse de alta y cómo tramitarlo paso a paso en la Seguridad Social.
¿Qué es el RETA y para qué sirve?
El RETA (régimen especial de trabajadores autónomos) es un régimen de la Seguridad Social diseñado exclusivamente para los autónomos.
Y como en todo régimen de la Seguridad Social, el RETA sirve para:
- Cotizar (o pagar) para tener derecho a unas prestaciones (baja por enfermedad, permiso de maternidad o paternidad, desempleo, jubilación).
- Colaborar en el mantenimiento financiero del sistema de la Seguridad Social (el pago de las actuales prestaciones como las pensiones, paro, bajas médicas, etc.).
¿Quién debe darse de alta en el RETA?
Según la Seguridad Social, deben darse de alta en el RETA:
O dicho de otra manera: si vas a trabajar por tu cuenta, sin estar sujeto a un contrato laboral con una empresa, la Seguridad Social te considera un autónomo.
Y, por tanto, estás obligado a darte de alta como autónomo, tanto en el RETA como en Hacienda.
¿Cuándo es obligatorio darse de alta en el RETA?
Es obligatorio darse de alta en el RETA cuando vas a iniciar una actividad por tu cuenta, con independencia de tus ingresos.
Puedes tramitar tu alta hasta 60 días antes de empezar, o el mismo día. Nunca después.
De hacerlo después, la Seguridad Social te obligará a pagar las cuotas de autónomo atrasadas junto a un recargo del 10 % o 20 %.
Y por si esto fuera poco, perderías el derecho a bonificaciones (o descuentos) en tu cuota de autónomo, que es el pago mensual que debes hacer a la Seguridad Social.

¿Cómo se cotiza en el RETA?
En el RETA cotizas en función de tus ingresos reales (o ganancias): cuanto más ganas, más elevada es tu base de cotización.
Y, por tanto, más pagas cada mes a la Seguridad Social en concepto de cuota de autónomo.
Las bases de cotización de los autónomos se distribuyen por tramos de ganancias (o rendimientos netos, en el vocabulario de la Seguridad Social).
La tabla de bases de cotización de 2026 son estas:
| Tramos de rendimientos netos
(€ /mes) |
Base mínima (€ /mes) | Base máxima (€ / mes) |
| < = 670 | 653,59 | 718,94 |
| > 670 y <=900 | 718,95 | 900 |
| >900 y < 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 |
| >= 1.166,70 y <=1.300 | 950,98 | 1.300 |
| > 1.300 y <=1.500 | 960,78 | 1.500 |
| > 1.500 y <=1.700 | 960,78 | 1.700 |
| > 1.700 y <=1.850 | 1.143,79 | 1.850 |
| > 1.850 y <=2.030 | 1.209,15 | 2.030 |
| > 2.030 y <=2.330 | 1.274,51 | 2.330 |
| > 2.330 y <=2.760 | 1.356,21 | 2.760 |
| > 2.760 y <=3.190 | 1.437,91 | 3.190 |
| > 3.190 y <=3.620 | 1.519,61 | 3.620 |
| > 3.620 y <= 4.050 | 1.601,31 | 4.050 |
| > 4.050 y <=6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 |
| > 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 |
Por cada tramo de rendimientos netos, puedes cotizar entre una base mínima y otra máxima.
Por ejemplo, si ganas 2.500 € al mes, podrás cotizar entre una base mínima de 1.356,21 € mensuales y una máxima de 2.760 € al mes.
Lo que pagas de cuota de autónomo, sin embargo, no es el 100 % de la base, sino un tipo o porcentaje del 31,5 % (en 2026).
La única excepción a este método de cálculo es la tarifa plana, una bonificación para nuevos autónomos.
Si eres beneficiario, pagas una cuota fija de 80 € al mes (88,64 € al mes en 2026) durante el primer año de alta.
Y cotizas por una base fija de 950,98 € al mes hasta que termine esa bonificación.
Ejemplo de cómo cotiza un autónomo en el RETA
Pongamos que vas a cotizar por una base equivalente a tus ingresos netos mensuales. Por ejemplo, 2.500 €.
Al mes pagarás el 31,5 % de esa base en concepto de cuota de autónomo: 787,5 €.
Pero también puedes cotizar por la base mínima de tu tramo (1.356,21 € al mes) y pagar una cuota inferior: 430,35 € al mes.
Por cierto: si cotizas por la mínima, tus prestaciones sociales como la baja por enfermedad, el permiso de maternidad o paternidad o la jubilación también serán mínimas.
Eso es así porque tus prestaciones sociales dependen de lo que cotices en el RETA: a mayor cotización, mayores prestaciones.
La regularización de tu cotización de autónomo en el RETA
Tu cotización de autónomo en el RETA durante el año es provisional.
Cotizas basándote en una estimación de lo que vas a ganar, pudiendo ajustar tu base de cotización a tus ganancias hasta 6 veces al año (una vez cada dos meses naturales).
Al acabar el año, Hacienda pasa los datos reales de tus ingresos netos a la Seguridad Social.
A partir de ahí, esta revisa si has cotizado de acuerdo con tus ingresos reales y regularizará tu cuota:
- Si cotizaste menos, te exigirá la diferencia dentro de un plazo (si lo superas, deberás pagar recargos de entre el 10 y el 20 %)
- Si cotizaste más, te la devolverá de oficio (no debes solicitarlo tú)
La única excepción es la tarifa plana de autónomos: mientras te beneficies de esta bonificación, no estarás sujeto a ninguna regularización de la cuota.

Darse de alta en el RETA (paso a paso)
Para darte de alta en el RETA, tienes que tener en cuenta esto:
- Has de darte de alta en el censo de empresarios y profesionales de Hacienda (con el modelo 036). El alta ha de ser anterior o en el mismo día que en la Seguridad Social.
- La fecha de inicio de tu actividad ha de coincidir en ambos organismos. De lo contrario, tendrás problemas.
- El primer mes de alta puedes cotizar a partir de la fecha de inicio (y no por el mes completo).
Y ahora vemos cómo darse de alta en el RETA paso a paso ????
Para darte de alta en el RETA, debes entrar en Importass, el portal en internet de la Seguridad Social para gestionar tus trámites de autónomo.
En el trámite de Altas, bajas y modificaciones, encontrarás la opción de Alta en trabajo autónomo:
Para iniciar tu solicitud, necesitarás un certificado electrónico:
- Certificado digital
- DNI electrónico
- Clave Móvil (antes clave PIN)
¿Tienes uno? Entonces ya puedes empezar con tu alta en el RETA: clica en Solicitar alta ????
1) Acepta las condiciones para iniciar tu alta en el RETA
Simplemente, clica en Aceptar y continuar para empezar el trámite de alta en el RETA:
2) Indica la fecha de inicio como autónomo en el RETA
Recuerda que la fecha de inicio como autónomo nunca puede ser anterior al alta.
Si indicas una fecha anterior, el sistema te informará que debes cotizar por el mes entero:
Recuerda que debe coincidir con la fecha de inicio de tu alta en Hacienda.
3) Elige cotizar por el mes entero o desde la fecha de inicio en el RETA
Si es tu primera vez como autónomo en el RETA, puedes empezar cotizando desde la fecha de inicio de la actividad.
Esta opción sólo está disponible si no superas el límite de hasta 3 altas y bajas en un mismo año.
De lo contrario, deberás cotizar el mes completo (eso mejorará tus prestaciones, que dependen de lo que cotices).
4) Elige qué tipo de autónomo eres en el RETA
Existen distintos tipos de autónomo. El más común es aquel que inicia una actividad por su cuenta:
El resto de opciones solo te afectan si:
- Vas a trabajar con un cliente principal firmando un contrato mercantil (lo que se conoce como autónomo dependiente o TRADE)
- Vas a crear una sociedad (pasarías a ser autónomo societario)
- Vas a ser el titular de una explotación agraria
- Vas a trabajar con un familiar autónomo (serías entonces un autónomo colaborador)
- Vas a ser autónomo religioso (no necesariamente de la Iglesia católica)
5) Selecciona tu actividad profesional (código de CNAE e IAE) para darte de alta en el RETA
Todas las actividades profesionales se encuadran en un código de CNAE (las siglas de clasificación nacional de actividades económicas).
¿Cómo saber tu código de CNAE? Teclea el nombre de tu oficio y te aparecerá un listado.
¡Ojo! Para que la búsqueda funcione, debes indicar la actividad, no el oficio. Si escribes el oficio, no te dará ninguna opción.
¿Un truco? Si ya cursaste el alta en Hacienda, el epígrafe de IAE debe coincidir con el código CNAE. Las equivalencias las encontrarás en el Buscador de actividades y sus obligaciones tributarias de la Agencia Tributaria, tecleando tu número de IAE.
De hecho, el siguiente paso es indicar tu código de IAE, eligiendo en qué organismo tributario vas a declararlo (si no resides en el País Vasco o Navarra, selecciona la opción “Agencia Tributaria”):
Si no sabes tu código de IAE, te recomendamos consultarlo con un experto fiscal.
A diferencia del CNAE, que solo tiene utilidad estadística, el IAE determina tus obligaciones y beneficios fiscales (qué impuestos debes presentar, qué gastos puedes deducir, cómo debes facturar).
Así que no lo dejes al azar, a no ser que te la quieras jugar con Hacienda. Y eso es lo último que te recomendamos.

6) Informa si perteneces a un colegio profesional para darte de alta en el RETA
En algunas profesiones (médicos, fisioterapeutas, abogados) es obligatorio formar parte de un colegio profesional para poder ejercer.
Si este es tu caso, señala que sí perteneces a un colegio profesional y a cuál.
7) Señala el domicilio de tu actividad para tu alta en el RETA
El domicilio de tu actividad puede ser tu casa (si vas a trabajar ahí), un local o un despacho alquilado.
Es importante que coincida con el domicilio que has indicado en tu alta en Hacienda.

8) Elige tu cuota y base de cotización en el RETA
El pago de tu cuota de autónomo mensual depende de tus rendimientos netos, es decir, la diferencia entre tus ingresos y gastos.
Es por esto que la Seguridad Social te pide tus rendimientos netos mensuales previstos:
Se trata de una previsión, que puedes ajustar cada dos meses naturales en la Seguridad Social.
Basándose en esa previsión, la Seguridad Social te informará sobre tu tramo de cotización:
Puedes elegir cualquier base dentro de ese tramo. Por ejemplo: 1.400 € al mes.
Sobre esa base, pagarás un 31,5 % de cuota de autónomo al mes (durante 2026).
Selecciona la tarifa plana de autónomos al darte de alta en el RETA
Si es tu primera vez como autónomo, la Seguridad Social te dará la opción de beneficiarte de la tarifa plana de autónomos.
Aunque se menciona un pago de 80 €/mes, en 2026 la tarifa plana es de 88,64 € al mes. Además:
- Tiene una duración de 12 meses.
- Puedes ampliarla 12 meses más si tus rendimientos netos no superan el salario mínimo interprofesional (o SMI).
Cuando te beneficias de la tarifa plana de autónomo, recuerda que cotizas por una base fija de 950,98 € al mes durante el tiempo que dure esa bonificación.
Si prefieres cotizar por la base que has elegido antes, debes seleccionar la opción No aplicar y pagar una cuota de autónomo ajustada a tus ingresos reales.
La contrapartida (al cotizar por una base superior, sin tarifa plana) es que después tendrás acceso a unas mejores prestaciones sociales.
Informa si estás en pluriactividad al darte de alta en el RETA
Si vas a compaginar el trabajo autónomo con una actividad por cuenta ajena (lo que se conoce como pluriactividad), debes indicarlo en esta sección, clicando sobre Sí, voy a trabajar como autónomo a la vez:
Al ser autónomo pluriactivo, no estás obligado a cotizar por contingencias comunes (enfermedad o accidente no laboral).
Esto es así porque ya estás cubierto por tu trabajo como empleado.
Ahora bien, el ahorro por no cotizar por contingencias comunes es minúsculo: apenas un 1,56 % de tu cotización.
9) Elige una mutua al darte de alta en el RETA
Como autónomo estás obligado a elegir una mutua. Esta será la que se encargue de tramitar tus bajas y permisos por enfermedad, maternidad o paternidad o el paro de los autónomos.
La mutua no supone ningún coste extra: lo cubre el pago de tu cuota de autónomo (también en tarifa plana).
¿Cuál elegir? Todas cubren lo mismo.
Por lo que te aconsejamos elegir aquella que esté más presente en tu provincia o comunidad autónoma.
10) Pon tus datos de contacto para el alta en el RETA
Básicamente, debes indicar datos de contacto como el correo electrónico y el teléfono móvil (opcionalmente, el fijo).
Al continuar, recibirás por SMS un código de verificación en tu móvil. Debes introducirlo para seguir.
11) Indica tu número de IBAN bancario para el cobro de la cuota de autónomo
La Seguridad Social efectúa el cobro de tu cuota de autónomo a final de mes. Y lo hace por cobro domiciliado en tu cuenta bancaria.
Por eso has de indicar el número de IBAN y si eres el titular de la cuenta.
12) Revisa tus datos y firma tu solicitud de alta en el RETA
Finalmente, antes de enviar tu solicitud de alta en el RETA, puedes revisar todos tus datos.
Puedes corregir cualquier dato relativo a tu alta en el RETA, clicando sobre el botón Modificar que se muestra en cada paso:
Una vez hecha la revisión, el último paso es firmar y enviar la solicitud ????
El trámite es relativamente rápido: la Seguridad Social suele tardar entre 24 y 48 horas en gestionarlo (sin contar festivos y fines de semana).
Cómo descargar el certificado RETA
Para descargar un certificado que acredite tu alta en el RETA, solo tienes que dirigirte a Importass.
Te acompañamos paso a paso:
- Entra en Vida laboral e informes:
- Elige la opción Acreditación de alta, baja o modificaciones en trabajo autónomo:
- Clica en Consultar documentos y podrás descargar un certificado del RETA en PDF:
Para acceder recuerda que tendrás que identificarte con un certificado digital, DNI electrónico o Clave Móvil.
¿Tienes alguna duda sobre cómo darte de alta en el RETA? Reserva ahora una consulta gratuita con un experto en autónomos de Declarando.
Preguntas frecuentes sobre el RETA de la Seguridad Social
¿Cuánto cuesta darse de alta en el RETA?
El trámite para darse de alta en el RETA es gratuito. Pero una vez de alta, deberás pagar cada mes tu cuota de autónomo.
Esta depende de tus ingresos netos (ingresos menos gastos).
A no ser que tengas derecho a la tarifa plana de autónomos, por la que pagas 80 € al mes (88,64 € mensuales en 2026) durante el primer año de alta.
¿Cuándo se paga el RETA de autónomos?
La cuota de autónomo del RETA se carga en tu cuenta bancaria el último día hábil de cada mes.
¿Cuánto se tarda en darse de alta de autónomo en el RETA?
El alta de autónomos en el RETA tarda en tramitarse entre 24h y 48 h (sin contar festivos ni fines de semana).
¿Cómo saber si estoy en el RETA?
Puedes consultar si estás dado de alta en el RETA en Importass, clicando en Vida laboral e informes y, a continuación, en Informe de situación actual del trabajador.
Necesitarás un certificado electrónico como el certificado digital, el DNI electrónico o Clave Móvil para acceder.




























