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¿A quién afecta la obligación de la factura electrónica a partir de 5.000 euros?

La obligación de hacer una factura electrónica a partir de 5.000 € es un malentendido ????

No hay ninguna ley ni ningún reglamento que así lo establezca. Al menos, no en esos términos.

¿Entonces en cuáles?

Pues en unos parecidos que a continuación te aclaramos. 

Qué aprenderás en este artículo

  • A qué se refiere realmente la «obligación» de emitir facturas electrónicas a partir de 5.000 €.
  • Qué establece realmente la Ley 25/2013 sobre facturación electrónica en el sector público.
  • Cuándo será obligatoria la factura electrónica B2B para autónomos según el reglamento.
  • Qué diferencias existen entre facturar a la Administración y en el sector privado.

¿A qué se refiere la obligación de hacer facturas electrónicas a partir de 5.000 €?

La obligación de hacer una factura electrónica a partir de 5.000 € proviene de la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica en el sector público.

Esta ley, en vigor desde 2015, obliga a empresas y otras entidades a emitir facturas electrónicas cuando trabajan con la Administración pública

Sin embargo, también da a las administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales) la libertad de excluir de esta obligación las facturas con importes inferiores a 5.000 €.

Es decir, esta ley no es que exija que todas las facturas por encima de 5.000 € sean electrónicas.

Sino que deja a las administraciones decidir si aceptan facturas no electrónicas para operaciones por debajo de ese límite. 

Para ello, deben aprobar un reglamento que formalice esta excepción. Aunque la ley también deja en manos del proveedor la decisión final. 

Vamos, que puedes emitir una factura electrónica si así lo quieres, con independencia de lo que haya establecido la Administración. 

¿Y cómo afecta esto a los autónomos?

¿Deben los autónomos hacer facturas electrónicas a partir de 5.000 €?

En general, como autónomo no estás obligado a emitir facturas electrónicas a la Administración.

Tampoco cuando el importe supere los 5.000 €.

Solo las empresas (sociedad limitada o anónima) lo están. Así como otras entidades que no es necesario aclarar. 

En casos excepcionales, la Administración puede obligarte a facturarle electrónicamente tus servicios. 

Por ejemplo, si considera que tienes la capacidad económica y técnica para hacerlo. 

Ahora bien, con independencia de esto último, puedes emitirlas en formato electrónico si así lo deseas. 

Y para esto la Administración te ofrece FACe, un software de facturación público, gratuito y —para que vayas advertido— poco intuitivo y amigable ????

Todo esto, por cierto, no tiene relación con la factura electrónica obligatoria en el sector privado (o B2B).  

Pero ya que estás aquí, te pondremos al corriente de esto último y qué relación puede tener —si la tiene— con el sector público. 

¿Cuándo comienza la facturación electrónica (para los autónomos)?

En el sector privado (o B2B), la factura electrónica todavía no es obligatoria

Pero lo será pronto. 

Y sin límite de importes. 

Es decir, no existirá un límite (por ejemplo, de 5.000 €) por debajo del cual no estés obligado a facturar electrónicamente. 

Antes de seguir, sin embargo, aclaremos a qué nos referimos con factura electrónica. 

Por factura electrónica, la Administración entiende una factura en un formato que se llama estructurado

El ejemplo más conocido es facturae, la factura electrónica a la Administración pública. 

Para entenderlo mejor: una factura en PDF no es una factura electrónica válida para la Administración. 

Y dejará de serlo para el sector privado, es decir, para cuando factures a clientes autónomos y empresas. 

¿Cuándo será eso? Las fechas todavía no están fijadas, porque el reglamento de factura electrónica aún no se ha aprobado. 

Pero cuando se apruebe, estos serán los plazos

  • 1 año para las empresas que facturen más de 8 millones de euros anuales
  • 2 años para autónomos y empresas que facturen por debajo de esa cifra

Previsiblemente, cuenta con que 2027 y 2028 serán los años de la factura electrónica en el B2B. 

¿Se ampliará para autónomos la factura electrónica obligatoria al sector público?

De momento, la obligatoriedad de la factura electrónica para autónomos solo afectará al B2B.

Es probable que esa obligación se amplíe a las facturas que hagas a la Administración. 

También es probable que no haga falta una ley nueva, pues ya existe una de 2015: la Ley 39/2015 regula el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Según esta ley (artículo 14.3), la Administración puede obligarte a relacionarte con ella electrónicamente si considera que tienes los medios para hacerlo. 

Y, claro, cuando se aplique la factura electrónica B2B se dará por descontado que tendrás esos medios ???? 

Habrá que estar atento, eso sí. 

Porque no es la primera vez que la Administración siembre la confusión entre autónomos y empresas con tantos cambios legales. 

Lo que está claro es que debes empezar a prepararte, sí o sí, para la facturación electrónica obligatoria.

Y cuanto antes lo hagas, mejor ???? 

Preparándote para la facturación electrónica obligatoria en 2026

Aunque todavía tienes tiempo para prepararte, antes de la factura electrónica llegará Verifactu.

Verifactu es la normativa antifraude que regula los programas de facturación en España desde 2025.

A ti, como autónomo obligado a facturar, te afectará en 2027. Sin embargo, si ya facturas con un software, este ya debe cumplir con Verifactu.

Cumplir con Verifactu es cumplir con la factura electrónica B2B: la norma obliga a los softwares a incorporarla en cuanto esté aprobado el reglamento.

Por lo que si ya facturas con un software homologado, ya tendrás los deberes hechos para cuando llegue la factura electrónica.

Puedes empezar hoy gratis con el programa de facturación electrónica de Declarando y ahorrarte el estrés de última hora.

Javier Vivas
Autor:
Javier Vivas
Javier es periodista y redactor de contenidos. Lleva más de 7 años escribiendo sobre autónomos (facturación, impuestos, contabilidad, etc.). Le encanta leer, mantenerse informado y esas cosas. Cuando no está escribiendo o pateándose toda Palma con su hijo a cuestas, devora libros y revistas de todo tipo y sobre cualquier tema... ¡su curiosidad es infinita!